Abundando en ello, al amparo de las decisiones jurisprudenciales se certifica la factibilidad de vender al quitar, al margen de bienes raíces: cinco carruajes, once caballos y unas guarniciones (5. T. 5. de 10 de Julio de 1890 — resultando 10 ~);unas marcas registradas consistentes en la denominación «Donner J. Capdevilla», y en un dibujo especial con la inscripción «Productos Donner J. Capdevilla>’> (S. T. S. de 4 de noviembre de 1961
— hechos -); (...)